Comisiones Médicas - Atención al Público- COVID-19
Se deroga la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 23 de fecha 17 de marzo de 2020 y las Disposiciones de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS (G.A.C.M.) N° 4 de fecha 18 de marzo de 2020, N° 5 de fecha 1 de abril de 2020 y N°6 de fecha 24 de junio de 2020. Las COMISIONES MÉDICAS JURISDICCIONALES (C.M.J.) y sus Delegaciones, como así también la COMISIÓN MÉDICA CENTRAL (C.M.C.), prestarán integralmente los servicios que le competen y brindarán atención al público de manera presencial, exclusivamente a aquellas personas que cuenten con turno previamente asignado, conforme la modalidad que corresponda. la atención referida en el artículo 2° de la presente resolución, quedará subordinada a la aplicación de los protocolos sanitarios vigentes para la prevención del COVID-19 y las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional relacionadas con la actuación en ámbitos laborales ante la detección de casos sospechosos, contactos estrechos y casos confirmados, y a los recursos humanos disponibles en función de las dispensas otorgadas por la autoridad de trabajo nacional respecto del personal dependiente en razón de las condiciones epidemiológicas imperantes.
Autoridad de aplicación
SRT
Categorías
Salud ocupacional, COVID-19
Jurisdicción
Nacional
Fecha de publicación
21/10/2020
Requisito Asociado
No