Los empleadores deben adoptar, implementar y publicitar en lugar visible del establecimiento, un Protocolo de Seguridad e Higiene basado en la prevensión del COVID 19. Asimismo deberán confeccionar un registro de capacitación del protocolo de prevención del Covid 19 y un Registro de entrega de EPP para el mismo fin.
Autoridad de aplicación
MTSS (Santa Fe)
Categorías
Riesgos del Trabajo, Salud Ocupacional, COVID-19
Jurisdicción
Santa Fe
Fecha de publicación
8/4/2020
Requisito Asociado
Esta normativa tiene un requisito asociado en Legalia