Los certificados de importación y exportación de sustancias químicas controladas, deberán ser emitidos, exclusivamente, mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica GDE. Los certificados en formato papel que fueran emitidos con anterioridad a las fechas establecidas en los artículos primero y segundo conservarán su vigencia.
Autoridad de aplicación
Min. Seg. (Nación)
Categorías
Precursores químicos, COVID-19
Jurisdicción
Nacional
Fecha de publicación
13/7/2020
Requisito Asociado
No