COVID 19 - Enfermedad Profesional no listada.
La enfermedad COVID-19 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional no listada respecto de los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y mientras se encuentre vigente la medida de aislamiento dispuesta por esas normativas, o sus eventuales prórrogas.

Autoridad de aplicación

Poder Ejecutivo

Categorías

Riesgos del Trabajo, Salud Ocupacional, COVID-19

Jurisdicción

Nacional

Fecha de publicación

14/4/2020

Requisito Asociado

Esta normativa tiene un requisito asociado en Legalia